Problemas técnicos en el Portal das Finanzas retrasan la adhesión al nuevo régimen de IVA grupal

📅 26/06/2026

El lanzamiento del nuevo Régimen de Grupos de IVA (RGIVA), previsto para el 1 de julio de 2026, se ha visto empañado por la falta de preparación informática del Portal das Finanzas. La Autoridad Tributaria (AT) ha reconocido oficialmente que los desarrollos necesarios para adaptar las declaraciones de inicio y modificación de actividad no estarán listos a tiempo, obligando a las empresas a utilizar un procedimiento temporal a través del e‑balcão. Esta situación genera incertidumbre entre los grupos empresariales que ya habían planificado su adhesión al nuevo sistema.

¿Qué es el RGIVA y por qué es relevante?

El RGIVA fue aprobado por la Ley n.º 62/2025, de 27 de octubre, y permite a los grupos de empresas consolidar los saldos de IVA a pagar o a recuperar en una única declaración periódica presentada por la sociedad dominante. De esta forma se simplifican las obligaciones declarativas y se mejora la gestión de la tesorería grupal, evitando que unas sociedades tengan que desembolsar impuestos mientras otras esperan reembolsos. El régimen tiene carácter obligatorio por un período mínimo de tres años y su vigencia comienza desde el primer día del período de tributación en que se presenta la declaración de opción.

“La consolidación de saldos de IVA es una de las medidas más esperadas por los grupos empresariales, ya que reduce la carga administrativa y optimiza el flujo de caja.” – Comentario de expertos fiscales.

Para profundizar en los fundamentos del IVA grupal, puede consultar guías especializadas sobre el régimen de IVA en grupos.

Fallo del Portal das Finanzas y solución provisional

En un oficio circulado publicado el pasado viernes, la AT admite que los trabajos de adaptación de las declaraciones de inicio y modificación de actividad “no se prevé que estén concluidos en tiempo útil”. Hasta que la funcionalidad esté disponible en el Portal, los contribuyentes deberán presentar la solicitud de adhesión a través del e‑balcão. Esta vía excepcional entrará en vigor de inmediato y se aplicará a todos los pedidos presentados a partir del 1 de julio de 2026, permaneciendo activa hasta que el Portal ofrezca la opción definitiva.

La AT ha especificado que la fecha relevante para el ejercicio de la opción será la de la subida correcta de la documentación al e‑balcão, siempre que el expediente esté completo y debidamente instruido.

Procedimiento paso a paso para adherirse al RGIVA por vía excepcional

Para facilitar la elaboración del fichero Excel, puede ser útil contar con cursos de Excel avanzado que agilicen el manejo de datos fiscales.

Documentación exigida y advertencias de la AT

El procedimiento excepcional exige presentar una declaración firmada (inicio o modificación) junto con el archivo Excel. La AT advierte que los pedidos incompletos pueden ser rechazados o requerir subsanación. Además, la opción “solo se considera válidamente ejercida en la fecha en que el pedido se encuentre integralmente completo y debidamente instruido”. Esto implica que cualquier error documental retrasará la entrada efectiva en el régimen.

Otro punto relevante: si alguna de las empresas dominadas no está acogida al régimen normal de IVA con periodicidad mensual, la AT procederá de oficio a modificar dicha periodicidad para permitir la aplicación del RGIVA.

Problemas técnicos en el Portal das Finanzas retrasan la adhesión al nuevo régimen de IVA grupal

Contenido original en https://eco.sapo.pt/2026/06/26/portal-das-financas-falha-arranque-do-novo-regime-de-grupos-de-iva/

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